l diputado Óscar Mauricio Céspedes Peregrina presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal con el objetivo de obligar a los Ayuntamientos a crear la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como la Autoridad Municipal de Primer Contacto con esta población [cite: Para contar con una estructura que permita coordinar a todas las dependencias de los Ayuntamientos y orientar políticas y presupuestos con perspectiva de niñez, el diputado Óscar Mauricio Céspedes Peregrina presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal., La iniciativa del diputado precisa que Los Ayuntamientos deberán de crear la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como la Autoridad Municipal de Primer Contacto con Niñas, Niños y Adolescentes, quienes tendrán las atribuciones y funciones que se determinan en la legislación en la materia.
La propuesta busca establecer una estructura administrativa que coordine a las dependencias locales y garantice la orientación de políticas públicas y presupuestos con perspectiva de niñez [cite: Para contar con una estructura que permita coordinar a todas las dependencias de los Ayuntamientos y orientar políticas y presupuestos con perspectiva de niñez, el diputado Óscar Mauricio Céspedes Peregrina presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal.]. En el proyecto se destaca el rol de la Autoridad Municipal de Primer Contacto como una figura clave para intervenir en situaciones de violencia o riesgo inminente, mediante personal especializado que pueda recibir denuncias, dictar medidas urgentes de protección y canalizar casos ante las autoridades correspondientes sin revictimizar a los menores [cite: En la propuesta, se detalla que la figura de Autoridad Municipal de Primer Contacto con Niñas, Niños y Adolescentes es vital para la protección de menores, ya que puede intervenir cuando sufren violencia o sus derechos están en riesgo inminente., “El Ayuntamiento debe tener personal especializado, legalmente facultado en sus reglamentos y manuales de organización, para recibir denuncias, dictar medidas urgentes de protección y canalizar el caso de manera segura ante la Procuraduría de Protección competente, evitando así la revictimización del menor”, agrega.
De acuerdo con el documento, los titulares de ambas áreas serían nombrados y removidos por la persona a cargo de la Presidencia Municipal [cite: Mediante su propuesta, el diputado Mauricio Céspedes indica que las personas titulares de la Secretaría Ejecutiva y la Autoridad Municipal de Primer Contacto con Niñas, Niños y Adolescentes, serán designadas y removidas por la persona titular de la Presidencia Municipal, en su calidad de presidente del Sistema de Municipal de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.]. Asimismo, se prevé que cada administración municipal determine los niveles salariales y las categorías operativas de dichos servidores públicos dentro de sus respectivas jurisdicciones y presupuestos [cite: Además, el nivel y categoría de cada servidor público serán determinados por la Administración Pública Municipal dentro de sus respectivas jurisdicciones, quien podrá supervisar las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos conforme el ámbito de su respectiva competencia.












