La Comisión de Presupuesto y Crédito Público del Congreso del Estado, presidida por el diputado Miguel Márquez Ríos, aprobó el proyecto de dictamen para la creación de la Ley de Presupuesto y Gasto Público Responsable del Estado de Puebla.
Esta nueva legislación busca normar y regular todas las fases de administración de los recursos estatales, desde la programación presupuestal hasta el monitoreo y evaluación del gasto público.
Puntos Clave de la Nueva Ley
El objetivo es fortalecer la eficiencia y la transparencia en la administración de los recursos públicos. La ley incluye puntos importantes como:
-Actualización y Transparencia: Se actualizaron las referencias a las dependencias conforme a la nueva estructura de la Administración Pública Estatal.
-Homologación con el SIAF: Se homologa la disposición jurídica con la operación y funcionalidad del Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF), a través del cual se manejan los trámites y respaldos presupuestarios (autorizaciones y adecuaciones). Esto garantiza que la ley refleje la operación tecnológica actual.
-Racionalidad: Se actualiza la disposición reglamentaria en materia de racionalidad y eficiencia de los recursos.
-Ausencia Especial: Se especifica que la Secretaría regulará, dentro de la Ley de Egresos, el monto máximo que el gobierno estatal podrá destinar para cubrir indemnizaciones ordenadas por la autoridad judicial, bajo la figura de declaración especial de ausencia.
El diputado Miguel Márquez Ríos afirmó que esta Ley responde a una visión de gasto responsable y busca que "cada peso del erario se debe traducir en bienestar real para la población".
Financiamiento Municipal con Plazo Definido
Por otra parte, los diputados también aprobaron reformas que autorizan a los 217 municipios del Estado de Puebla a gestionar y contratar financiamientos durante su periodo de administración 2024-2027.
Estas reformas permiten a los municipios usar como garantía (fuente de pago) un porcentaje de los recursos que reciben de fondos federales, específicamente:
1.El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM).
2.El Fondo General de Participaciones y/o el Fondo de Fomento Municipal.
Plazo Máximo de Pago: La reforma establece una condición estricta: los municipios deberán pagar la totalidad de los financiamientos en un plazo máximo de 937 días naturales. Este plazo tiene como límite el 14 de octubre de 2027, asegurando que la deuda no exceda el periodo constitucional de la administración municipal que la contrate.













